
El Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá resolvió negar la petición de extinción de pena y reducción de condena que la defensa de Epa Colombia había radicado con base en la Ley 2477 de 2025, la cual incluye mecanismos de justicia restaurativa para ciertos casos. Los magistrados concluyeron que no se cumplían los requisitos legales necesarios para aplicar esos beneficios jurídicos.
La influencer, empresaria y creadora de contenido fue condenada en 2021 a 63 meses y 15 días de prisión por delitos que incluyen daño en bien ajeno agravado, perturbación en el servicio de transporte público e instigación a delinquir con fines terroristas, tras protagonizar actos de vandalismo contra una estación del sistema TransMilenio en el sur de Bogotá durante las protestas del paro nacional de 2019.
La decisión del juez también confirma que no se otorgarán beneficios alternativos, como suspensión condicional de la pena, prisión domiciliaria o sustitución de la pena por otras medidas, ya que la condena original también los había excluido en instancias anteriores.
Epa Colombia cumple actualmente su condena desde enero de 2025 en un establecimiento penitenciario de Bogotá bajo la supervisión del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec). A lo largo de su proceso legal, su defensa ha intentado varios recursos, como tutelas y solicitudes de beneficios judiciales, sin éxito hasta el momento.